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Inadmiten acciones de amparo en contra la DPNG PDF Imprimir E-mail
Escrito por PNG Dpto. Comunicación   
13.10.2007
El Tribunal de lo Contencioso Administrativo No. 2 de Guayaquil, dictamimó la inadmisición de las acciones de Amparo propuestas por Luis Gordillo Mora y por Carlos Malo Moncayo, operadores turísticos del archipiélago, en contra de la Directora del Parque Nacional Galápagos, Raquel Molina Moreira.

Los operadores turísticos Luis Gordillo y Carlos Malo, armadores de las embarcaciones Deep Blue y Daphne respectivamente, presentaron de manera individual un Recurso de Amparo Constitucional en contra de la Directora del Parque Nacional Galápagos, solicitando se suspenda el acto administrativo mediante el cual la DPNG les niega la facultad de realizar las actividades turísticas combinadas (buceo y visitas a tierra).

Los jueces del Tribunal de lo Contencioso Administrativo No 2 de Guayaquil, inadmitieron las acciones de Amparo propuestas por los operadores turísticos antes mencionados, por considerar que el acto administrativo emitido por la DPNG, guarda conformidad con la normativa contenida en la Ley Orgánica de Régimen Especial para la Conservación y Desarrollo Sustentable de la Provincia de Galápagos (LOREG) y el Reglamento Especial de Turismo en Áreas Naturales Protegidas (RETANP). En consecuencia, la Directora del Parque Nacional Galápagos ha actuado con competencia y en apego a la normatividad vigente.

Los operadores turísticos Gordillo y Malo, han apelado las resoluciones dictadas por el Tribunal de lo Contencioso Administrativo No. 2 de Guayaquil, para que sea conocido en última y definitiva instancia por el Tribunal Constitucional, por lo que la Directora, asesores jurídicos y técnicos de la DPNG se encuentran preparando la documentación necesaria para respaldar jurídica y técnicamente el acto administrativo emitido por la institución, en el que se les niega la facultad de realizar las actividades turísticas combinadas (buceo y visitas a tierra) a los recurrentes.

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